Nuestra Comunidad Autónoma, en el año 2007, recogió por primera vez esta figura en su desarrollo normativa, aunque lo hace con carácter opcional:
“Los centros educativos podrán crear, para cada una de las etapas educativas que se impartan en el mismo, la figura del delegado o delegada de padres y madres del alumnado de cada unidad escolar”


